
Las tarjetas revolving son una modalidad de crédito que ha tenido su auge no hace mucho tiempo y que ha dado pie a numerosos problemas y reclamaciones de clientes.
En este post encontrarás una serie de consejos de transparencia y diligencia que las entidades de crédito tienen que tener en cuenta, pero, si estás pensando en contratar uno de estos créditos, lo mejor es que lo pienses dos veces, pues tienen una dinámica más compleja de lo que aparentan.
Se llaman tarjetas revolving porque una vez contratada tienes a tu disposición cierta cantidad de dinero hasta un límite que puede incrementarse sin previo aviso y que va disminuyendo en la medida que lo gastas, y al pagar la cuota mensual se va restableciendo el crédito disponible.
Las tarjetas revolving son similares a las tarjetas de crédito, pero con la diferencia de que permiten el pago aplazado mediante una cuota fija mensual, dicha cuota no amortiza el principal de la cantidad que has dispuesto sino que en primer lugar se aplica a los intereses que se van generando y tan solo se abona una pequeña cantidad del crédito, por lo que a medida que realices más compras o dispongas de más crédito tu deuda aumenta, sin contar los casos en que hay que abonar comisiones o gastos por recibos impagados y devueltos que repercuten directamente sobre el cliente.
Con este tipo de productos hay que tener cuidado pues existe un gran peligro de sobreendeudamiento, debiendo tenerse en cuenta que, aunque paguemos una cuota fija mensual, la parte de la deuda que no amortizamos sigue generando intereses y además bastantes altos, por lo que las entidades de crédito tienen que tener una especial transparencia y para eso el Banco de España indica una serie de recomendaciones:
En el momento en que el cliente solicite aclaración sobre las cantidades abonadas y el saldo deudor pendiente, la entidad debe extremar la diligencia al explicar todo lo relativo a la deuda que queda por amortizar, diferenciando entre lo que queda en concepto de principal, intereses y comisiones.
Cuando se pida información sobre cuándo se va a terminar de pagar la deuda, el banco debe dar una estimación en función de lo la cantidad que se esté pagando o en todo caso facilitar de alguna forma que el cliente pueda realizar el cálculo.
Si se quiere cancelar la deuda, la entidad bancaria debe informar de la cantidad también teniendo en cuenta los posibles recibos o cuotas devengadas pendientes de liquidación.
Todas estas recomendaciones o pautas no son de obligado cumplimiento por parte de las entidades bancarias pero si se produce reclamación suelen hacer caso a las mismas.
Resumiendo, lo que debes hacer antes de contratar este tipo de crédito es asegurarte de entender bien cuales son todos los entresijos, porque puedes encontrarte con sorpresas y habitualmente hay alternativas que son mucho mejores, máxime teniendo en cuenta los porcentajes tan altos de intereses que hay que pagar.
Además, hay que decir que en muchos casos los clientes ni siquiera son conscientes de estar contratando estos créditos, pues algunas entidades “disfrazan” las tarjetas revolving en forma de tarjetas de puntos para la adquisición de gasolina y similares, por lo que siempre que se considere la posibilidad de hacerse una de estas “ventajosas” tarjetas, que aparentan otorgar sólo beneficios en forma de descuentos, puntos, etc., antes de firmar ningún documento hay que exigir que se entregue copia del contrato y leerlo detenidamente, pues cabe la posibilidad de que lo que se esté contratando en realidad sea un crédito.
Desde Navarro|Cabalgante te animamos a reclamar la nulidad de cualquier contrato de este tipo o cuando menos a someterlo a estudio por un abogado, pues en su mayoría son abusivos y con intereses usurarios, y el cliente no sabe ni entiende que es lo que ha contratado y cuáles son las peculiaridades de este tipo de productos.